Licencia municipal de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Tal y como establece el artículo 95 del Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, en conformidad con los artículos 13.1c y 29 de la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y actividades recreativas, están sujetas a licencia municipal los siguientes casos:
a) Los establecimientos abiertos al público de espectáculos públicos de actividades recreativas de carácter permanente que no estén sujetos al régimen de comunicación previa de acuerdo con el artículo 124 del Decreto 112/2010.
b) Los establecimientos abiertos al público de espectáculos públicos y de actividades recreativas no permanentes desmontables.
c) Los establecimientos de régimen especial para el municipios con una población superior a los 50.000 habitantes, con el informe vinculante previo de la Generalitat.
d) Los espectáculos públicos o actividades recreativas de carácter extraordinario en municipios de más de 50.000 habitantes.
e) Los espectáculos públicos y las actividades recreativas de carácter extraordinario que se lleven a cabo con motivo de fiestas y verbenas populares.
Si para ejercer la actividad se tienen que realizar obras para condicionar el local, estas tendrán que estar acabadas en el momento de la presentación de la comunicación previa.
Sin embargo, dentro de las competencias de la Administración, esta efectuará la comprobación, control e inspección dentro de las facultades atribuidas, en conformidad con el que dispone el artículo 71-*bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
Quién puede tramitar
Persona responsable de la actividad o lo/la representante legal.
Cómo se puede tramitar
PRESENCIALMENTE:
A. Documentación administrativa:
1. Instancia debidamente rellenada y firmada por la persona responsable (ver enlace )
2. Fotocopia del DNI, permiso de residencia de larga duración o de trabajo por cuenta propia de la persona responsable o del representante legal de la empresa o entidad
3. Fotocopia CIF definitivo de la empresa o entidad
4. Fotocopias de las escrituras de constitución de la sociedad, con la inscripción en el Registro Mercantil o correspondiendo
5. Fotocopias de las escrituras de poderes, con la inscripción en el Registro correspondiente
6. Contrato de alquiler, firmado por ambas partes, o escritura de propiedad del local
7. Dos fotografías de la fachada
8. Póliza de seguro de responsabilidad civil de acuerdo con las previsiones del arte. 80 del Decreto 112/2010
9.Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
B. Documentación técnica (si se formaliza de forma presencial, la documentación se aportará en apoyo electrónico y una copia en apoyo papel):
1. Proyecto técnico en el que, entre otros se tiene que incluir lo siguiente:
- Memoria de seguridad si se trata de actividades recreativas musicales o establecimientos de régimen especial.
- Plan de autoprotección, si se precisa.
- Memoria de movilidad o estudio de evaluación de la movilidad generada, de acuerdo con les previsiones del artículo 3 del Decreto 344/2006, de 19 de septiembre, de regulación de los estudios de evaluación de la movilidad generada.
- Estudio de impacto acústico con el contenido establecido en el anexo 10 del Decreto 176/2009, de 10 de noviembre, por el que se prueba el Reglamento de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, i se adaptan a sus anexos.
- Dispositivo de asistencia sanitaria si se trata de espectáculos públicos y actividades recreativas musicales con aforo superior a 1000 personas o establecimientos de régimen especial con cualquier aforo autorizado.
2. Informe de prevención en materia de incendios de acuerdo con el que establecen los anexos 1 y 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
3. Documento acreditativo de la designación por la persona sueleolicitando de la licencia de la persona que tiene que asumir la responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que tiene que expedir la certificación que acredite la adecuación del establecimiento a la licencia otorgada.
4. Informe compatibilidad urbanística.
5. Licencia urbanística, si se tercia.
6. Acta de control inicial favorable emitida por una entidad colo*laboradora de la Administración.
1. - Realizamos la primera visita sin ningún coste y le asesoráramos de todo el proceso para iniciar la actividad.
2. - Ejecutamos los proyectos necesarios así como los certificados finales.
3. - Tramitamos toda la documentación en los organismos competentes y realizamos el seguimiento del expediente hasta la obtención de la licencia de actividades